Ciudad de México, 1 de diciembre 2025.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que, del 1 de enero al 31 de marzo de 2026, las personas morales deberán presentar su Declaración Anual 2025.
Por eso, a partir de hoy 1 de diciembre pone a su disposición un simulador del Régimen General y Régimen Simplificado de Confianza para que visualicen la información que hayan presentado durante el ejercicio fiscal 2025.
La presentación de la declaración se realiza en las siguientes fechas:
- Las sociedades que se encuentren en periodo de liquidación tienen hasta el 19 de enero de 2026 para presentar su declaración del ejercicio por liquidación
- Las personas morales sin fines de lucro tienen hasta el 16 de febrero de 2026 para presentar su Declaración Anual 2025
- Los demás regímenes establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza, tienen hasta el 31 de marzo de 2026
Para continuar brindando certidumbre a las y los contribuyentes, la autoridad fiscal realiza revisiones con base en criterios claros y objetivos que garantizan un piso parejo y fomentan la transparencia en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
El SAT refrenda su… pic.twitter.com/ofjnzC5QBJ
— SATMX (@SATMX) November 28, 2025
En la nueva plataforma, la Declaración Anual 2025 incorpora la siguiente precarga de información:
- Pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio
- PTU pagada en el ejercicio
- Retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO)
- CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones
- Remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros
Para enviar la declaración es necesario contar con e.firma y con un servicio de banca electrónica, ya que, en caso de obtener un saldo a cargo, el pago debe realizarse mediante transferencia electrónica, a través de bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.
Si se requiere modificar los ingresos o cualquier otro dato precargado, se deben presentar declaraciones complementarias.
Cuando exista un saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después del pago.
Si el saldo es en ceros, tardará 24 horas en verse reflejado.
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