Para las personas que tiene que tramitar su inscripción en el RFC o su Firma Electrónica, la famosa e.firma, ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), esta autoridad anunció facilidades para agilizar estos trámites.
“A partir de octubre, el SAT simplifica las tramites de RFC, e.firma, además otorga facilidades a las contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) y agiliza la obtención de la Constancia de Situación Fiscal”, informó en un comunicado de prensa.
Los contribuyentes que tengan que realizar su inscripción para el RFC podrán hacerlo sin necesidad de realizar su preinscripción en el Portal del SAT previo a su cita.
Para la inscripción en el RFC y e.firma de personas físicas, solo se requiere presentar la credencia del INE con domicilio visible y completo.
Lo anterior indica que ya no será necesario presentar la CURP y comprobante de domicilio.
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Para la renovación de la e.firma de personas físicas que tenga menos de un año vencida, puede realizarse el tramite par las canales remotos.
Y en caso de hacerlo en oficinas del SAT, únicamente se debe presentar una memoria USB, al identificarse con la huella digital.
El SAT simplifica trámites para realizar otros trámites
El SAT simplifica trámites trámites también para las personas que quieran obtener su constancia de situación fiscal podrán hacerlo desde las oficinas del SAT solo con la huella digital o credencial para votar, y desde cualquier lugar a través del Portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, Chat y Oficina Virtual.
Además, el SAT informó que habilita la Cédula de datos fiscales, una nueva forma para consultar de manera practica datos.
Por ejemplo, su nombre, RFC, régimen fiscal y código postal, la cual se puede consultar en el siguiente sitio:
https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos fiscales/
SAT anuncia ajustes para el Régimen Simplificado de Confianza [RESICO)
Los contribuyentes que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) quedan exentos de presentar declaración anual y solo tienen que presentar pagos mensuales.
Los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen.
Las personas físicas que salieron del Resico pueden volver al mismo, al presentar un caso de aclaración, o bien, un aviso de actualización de actividades.
“Con estas acciones el SAT refrenda su compromiso para agilizar las tramites y dar la mejor atención al contribuyente de manera presencial y remota”, informó el SAT.