Llegar a los 60 o 65 años no significa que automáticamente recibirás todo el dinero acumulado en tu Afore. El destino de esos recursos dependerá, entre otros factores, del régimen bajo el cual te pensiones y de la resolución que emita el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Por ello, antes de iniciar el trámite conviene saber cómo funciona el retiro total de Afore, qué requisitos debes cumplir y qué documentos necesitarás.
De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), un retiro total ocurre cuando el trabajador dispone de los recursos de su cuenta Afore para financiar su pensión o, cuando corresponde, los recibe en una sola exhibición.
Afore SURA nos explicó que las condiciones cambian dependiendo de cuándo comenzó la persona a cotizar formalmente ante el IMSS.
¿Ley 73 o Ley 97? Esta es la diferencia
Uno de los primeros datos que debes identificar es la fecha en la que comenzaste a cotizar.
Si empezaste a hacerlo antes del 1 de julio de 1997, puedes encontrarte bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973.
Para pensionarse bajo este esquema se requieren al menos 500 semanas de cotización. Además, para calcular la pensión se considera el salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, equivalentes aproximadamente a cinco años.
La pensión por Cesantía en Edad Avanzada puede solicitarse a partir de los 60 años, mientras que la pensión por Vejez corresponde a partir de los 65.
En este régimen también pueden existir recursos de distintas subcuentas que sean susceptibles de entregarse al trabajador, dependiendo de su situación.
Ley 97: tu ahorro acumulado cobra mayor importancia
Para quienes comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997, las reglas son diferentes.
En este régimen, el saldo acumulado en la Cuenta Individual tiene un papel central para determinar la pensión. En él influyen las aportaciones realizadas durante la vida laboral, el salario de cotización, los rendimientos generados por la Afore y, en su caso, las aportaciones voluntarias.
Además, el número mínimo de semanas requeridas ha aumentado gradualmente.
En 2026 se necesitan al menos 875 semanas cotizadas. El requisito aumentará 25 semanas cada año hasta alcanzar las 1,000 semanas en 2031.
La edad es de 60 años para solicitar una pensión por Cesantía en Edad Avanzada y de 65 años para una pensión por Vejez.
Bajo este régimen existen tres modalidades principales:
- Renta Vitalicia: se contrata con una aseguradora y ésta realiza el pago de la pensión.
- Retiro Programado: la pensión es administrada y pagada por la Afore con cargo al saldo de la Cuenta Individual.
- Pensión Garantizada: corresponde a las personas que cumplen con los requisitos legales de edad y semanas cotizadas, pero cuyos recursos son insuficientes para financiar otra modalidad de pensión.
¿Qué documentos necesitas para iniciar tu pensión?
Antes de acudir a realizar el trámite es recomendable revisar que tus datos personales coincidan entre el IMSS, tu Afore y tus documentos oficiales.
Entre la documentación que puede solicitarse se encuentra:
- Identificación oficial vigente.
- Número de Seguridad Social (NSS).
- CURP.
- Acta de nacimiento.
- Comprobante de domicilio.
- Estado de cuenta bancario con CLABE.
- Estado de cuenta de la Afore que acredite el registro en la administradora.
También es conveniente consultar previamente las semanas cotizadas reconocidas por el IMSS y verificar que no existan inconsistencias en el historial laboral.
¿Qué pasa después de solicitar la pensión?
Una vez realizado el trámite, el IMSS determinará si la persona cumple con los requisitos para pensionarse.
El Instituto puede emitir una Resolución de Pensión o una Negativa de Pensión.
Esta diferencia es importante porque determina qué sucederá con los recursos acumulados en la Cuenta Individual.
Si existe una resolución favorable, los recursos que correspondan se utilizarán conforme al régimen y modalidad de pensión aplicables.
En cambio, si el IMSS determina que la persona no reúne los requisitos para obtener una pensión y emite una negativa, podrá solicitar ante su Afore la entrega de los recursos que legalmente le correspondan.
Esto significa que no cumplir con los requisitos para recibir una pensión no implica perder automáticamente el dinero acumulado en la Afore. La disposición dependerá del régimen pensionario, las subcuentas que integren la cuenta y las reglas aplicables a cada recurso.
“Tramitar un retiro total es como disponer de la alcancía que se llenó con esfuerzo durante toda la vida laboral para utilizarla cuando más se necesita: en la vejez”, explicó Gerardo Chavarría, gerente de Iniciativas de Negocio de Afore SURA.
Añadió que, incluso cuando una persona no reúne los requisitos para obtener una pensión, los recursos de su Cuenta Individual siguen siendo de su propiedad y puede solicitar su disposición conforme a la normativa aplicable.
Revisa tu Afore antes de llegar a los 60
Preparar el retiro no debería comenzar cuando se cumple la edad para pensionarse.
Conocer cuántas semanas cotizadas reconoce el IMSS, revisar el saldo de la Cuenta Individual, identificar bajo qué régimen podrías pensionarte y corregir inconsistencias con anticipación puede evitar contratiempos al momento de solicitar la pensión.
Si estás cerca de los 60 años, revisar desde ahora tu información en el IMSS y en tu Afore puede darte tiempo para resolver diferencias en nombres, CURP, Número de Seguridad Social, semanas cotizadas o beneficiarios antes de iniciar el trámite.
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